Logo de la Diputación

Bizkaiko Foru Aldundia - Diputación Foral de Bizkaia

Idiomas

Logo del Observatorio

Boletín OVGB
Junio 2008 | Número 9


Presentación    |    Temas    |    El Observatorio    |    Herramientas    |   Toma Nota

 TOMA NOTA

Documentos:


OBSERVATORIO VASCO DE DROGODEPENDENCIAS:
Estudio documental sobre drogas y violencia de género

En la identificación de la influencia de las drogas en la violencia de género, abordada desde el rol que desempeñan las masculinidades, por una parte, en la ingesta y uso de estupefacientes y, por otra, en la violencia doméstica y sexual estriba el objetivo de la investigación “Estudio documental sobre drogas y violencia de género”.

Partiendo de la certeza de que el proceder violento hacia las mujeres se cimenta en una ideología legitimadora de la propia violencia, a la que se subordinan circunstancias personales o situacionales del tipo abuso de drogas, el documento examina el fenómeno a la luz del enfoque antropológico y cultural, analizando correspondencias entre drogas y violencia, entre consumo y género, y deteniéndose en la violencia de género desde la construcción de la identidad masculina.

El estudio —cuyo fin último radica en ofrecer aportaciones para el diseño de políticas preventivas y de intervención— concluye con una relación de recomendaciones para futuras actuaciones en las que se subraya la elaboración investigaciones cualitativas que contribuyan a la construcción de un sistema de prevención adecuado; recomendaciones que se refieren a la adopción de medidas en los ámbitos jurídico, policial, de sensibilización, educación, formación especializada y rehabilitación de agresores.

 

Más información en: http://www.gizaetxe.ejgv.euskadi.net

Subir

Legislación:

GOBIERNO VASCO: Orden de 29 de noviembre de 2007, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

DefensoríaLa Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género determina en su artículo 27 la adjudicación de ayudas sociales dirigidas a las víctimas de violencia de género en las que, careciendo de recursos económicos, concurran especiales circunstancias en función de su edad, nivel de formación y condicionantes sociales, disposiciones económicas garantizadoras de la inclusión social de las mujeres maltratadas por sus parejas, que encuentran su desarrollo en el Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre.

Corresponde, en última instancia, a la Orden de 29 de noviembre de 2007, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, preceptuar la concesión y el pago de las cuantías a las víctimas: procedimiento que, establecido en el articulado de la citada orden, explicita tanto los requisitos que deben cumplir las beneficiarias como la determinación de las rentas, el importe de las ayudas, la documentación requerida, la gestión y la gestión, resolución y recursos y asuntos afines.

 

Más información en: http://www.bizkaia.net

Subir

Legislación:

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género

DefensoríaLa ley andaluza contra la violencia de género entró en vigor el 19 de diciembre de 2007, teniendo por objeto “la adopción de medidas para la erradicación de la violencia de género mediante actuaciones de prevención y protección integral a las mujeres que se encuentren en esta situación, incluidas las acciones de detección, atención y recuperación”.

Gracias a este nuevo instrumento jurídico, se fomentarán las investigaciones para conocer la situación real sobre la violencia de género, consensuándose un plan integral de prevención y sensibilización que permita adoptar medidas en materia de educación, publicidad, medios de comunicación, y formación de profesionales en los aspectos judicial, educativo, sanitario y de seguridad; para lo cual, la Administración de la Junta de Andalucía promoverá un acuerdo con la Administración General del Estado a fin de arbitrar un Plan de Seguridad personal.

Asimismo, las Administraciones Públicas de la Junta de Andalucía procurarán ayudas socioeconómicas a las víctimas y a las personas dependientes a su cargo, a quienes también se les destinará un cupo de reserva de viviendas en las promociones de vivienda protegida.

La Consejería a la que corresponda la gestión de la igualdad, finalmente, promoverá la firma de acuerdos de coordinación y cooperación entre las Administraciones Públicas e Instituciones con atribuciones en materia de violencia contra las mujeres.
  Más información en: http://boja.cica.es

Subir

Volver a página de inicio


Recibe este boletín electrónico debido a que consta en nuestra base de datos.
Si no se desea volver a recibirlo, .

Copyright © 2005. OBSERVATORIO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN BIZKAIA.