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Centros de atención

Información

Chico en silla de ruedas con una raqueta, muñeco de madera  y  Chico en silla de ruedas
servicios residenciales con y sin atención diurna:
establecimiento que, de forma temporal o permanente, presta alojamiento y atención adecuada a sus necesidades a aquellas personas que, por razones familiares, sociales u otras, así lo precisen y lo hayan decidido por sí mismas o por su representante legal y/o judicialmente;
servicios de atención Diurna - Centros de Día:
establecimiento que, presta atención especializada a personas que, por razones familiares, sociales u otras, así lo precisen;
servicios de atención Diurna - Centros Ocupacionales:
establecimiento que, presta servicio dirigido al desarrollo personal de las personas con discapacidad en orden a lograr su integración social.

Destinatarios de los Servicios

  1. Personas con discapacidad psíquica, que podrán estar encuadradas en diversas patologías y con diferente nivel de autonomía.
  2. Con edad comprendida entre los 18 y los 60 años, en el momento de formalizar su solicitud de atención en el Servicio o que cumplan los 18 años en el año de formalizar la solicitud.
  3. Acreditar vecindad administrativa del beneficiario y de sus padres o tutores en el Territorio Histórico de Bizkaia con una antigüedad no inferior a tres años.

Designación de usuarios

La Diputación Foral de Bizkaia-Departamento de Acción Social, determinara el sistema de acceso y perfil de usuario para la selección de los candidatos entre las personas incluidas en las correspondientes listas de espera.

El Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia determinará el sistema de ocupación de las plazas convenidas y la idoneidad de los demandantes en base al Indicador Social de Necesidades y al Indicador de Autonomía, que será aprobado (éste último) mediante el procedimeinto establecido al efecto y aplicados por el Equipo Multidiciplinar del Departamento de Acción Social.

Aportación económica de los beneficiarios y abono:

Los beneficiarios del Programa abonarán de acuerdo a lo dispuesto en Decreto Foral 204/2.003, de 28 de octubre, por el que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de los precios públicos en Centros de Atención a Personas con Discapacidad propios, concertados convenidos y contratados.

Solicitudes

Las solicitudes se formularán en impreso oficial, facilitado por el Departamento de Acción Social y se deberán presentar en las oficinas de este Departamento sitas en la calle Nicolás Alkorta nº 4 (Zabálburu), de Bilbao, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 
 

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