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La Diputación Foral de Bizkaia-Departamento de Acción Social, determinara el sistema de acceso y perfil de usuario para la selección de los candidatos entre las personas incluidas en las correspondientes listas de espera.
El Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia determinará el sistema de ocupación de las plazas convenidas y la idoneidad de los demandantes en base al Indicador Social de Necesidades y al Indicador de Autonomía, que será aprobado (éste último) mediante el procedimeinto establecido al efecto y aplicados por el Equipo Multidiciplinar del Departamento de Acción Social.
Los beneficiarios del Programa abonarán de acuerdo a lo dispuesto en Decreto Foral 204/2.003, de 28 de octubre, por el que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de los precios públicos en Centros de Atención a Personas con Discapacidad propios, concertados convenidos y contratados.
Las solicitudes se formularán en impreso oficial, facilitado por el Departamento de Acción Social y se deberán presentar en las oficinas de este Departamento sitas en la calle Nicolás Alkorta nº 4 (Zabálburu), de Bilbao, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.