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El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma Vasca, establece en su artículo 10.18 que corresponde a la misma la competencia exclusiva en el ámbito de la artesanía, asignándose dicha competencia a las instituciones de los Territorios Históricos, mediante el artículo 7.a) 12 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. En el ejercicio de dicha competencia, el departamento de Promoción Económica, desarrolla dos tipos de actividades: