Cantidad percibida en forma de renta de un seguro propio colectivo por jubilación
Las prestaciones por jubilación percibidas en forma de renta por los beneficiarios de contratos de seguro colectivo (artículo18.a. de la Norma Foral de IRPF) se integrarán como rendimientos de trabajo al 100%.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.